La Resolución de Superintendencia N.° 000048-2026/SUNAT introduce modificaciones al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) y a sus anexos técnicos. Aunque parte de la norma regula documentos electrónicos para operaciones muy específicas, también afecta la emisión de los comprobantes que utilizan las empresas en el día a día.
Nuestra recomendación es clara: verifica que tu sistema de facturación esté actualizado antes del 1 de agosto de 2026, fecha en la que entran en vigencia las nuevas disposiciones.
Principales cambios
- Nuevas validaciones para el Código de Producto SUNAT. Se establecen reglas de validación del Catálogo N.° 25, que obligan a consignar códigos de producto para determinados bienes en los Anexos 25.1, 25.2 y 25.3. Enviar información inconsistente puede ocasionar el rechazo del comprobante.
- Cambios en las Notas de Crédito Electrónicas. Las modificaciones en los anexos técnicos exigen que los proveedores de sistemas adecuen sus desarrollos a las nuevas especificaciones de SUNAT.
- Cambios en las Notas de Débito Electrónicas. Se incorporan nuevas reglas de validación que deben implementarse en los sistemas de facturación.
- Nuevo tratamiento para Contratos de Colaboración Empresarial. Se incorporan documentos electrónicos para contratos sin contabilidad independiente, permitiendo la emisión electrónica del Documento de Atribución mediante el SEE.
- Nuevos Documentos de Atribución Electrónica (DAE y DOAE). Se habilita la emisión electrónica para operaciones específicas, como los servicios aeroportuarios. No todas las empresas están obligadas a emitirlos.
¿Mi empresa debe preocuparse?
No necesariamente. Si tu empresa emite únicamente facturas y boletas por operaciones habituales, es probable que varios de estos cambios no te afecten de forma directa. Sin embargo, sí conviene confirmar que tu sistema incorpore las nuevas especificaciones técnicas, especialmente las validaciones del Catálogo N.° 25.
Nuestro criterio profesional
La mayoría de estos cambios no modifica cómo el usuario emite sus comprobantes, sino cómo el sistema valida y transmite la información a SUNAT. Por eso, antes del 1 de agosto de 2026, lo más importante es verificar con tu proveedor que las actualizaciones ya estén implementadas.
Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas usarán el Código de Producto SUNAT?
No. La obligación vincula a determinados bienes incluidos en los nuevos anexos del Catálogo N.° 25.
¿Debo emitir DAE o DOAE?
No necesariamente. Están dirigidos a operaciones específicas reguladas por SUNAT.
¿Debo actualizar mi sistema?
Sí. Confirma con tu proveedor que las nuevas validaciones técnicas se implementaron antes de la entrada en vigencia.
¿Necesitas ayuda?
En PeruSoftware mantenemos nuestro sistema de facturación electrónica y nuestra app móvil permanentemente actualizados con las últimas especificaciones de SUNAT, incluidas las validaciones del Catálogo N.° 25. Así evitas comprobantes rechazados y llegas al 1 de agosto de 2026 sin sobresaltos. Si tienes dudas sobre si tu sistema cumple con la nueva resolución, escríbenos por contacto y lo revisamos contigo.